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domingo, 31 de octubre de 2010

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo interpuesto por ALI

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El pasado lunes día 18 de octubre, se ha admitido a trámite el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por ALI y los Colegios de Ingenieros Técnicos en Informática de Castilla La Mancha y de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunidad Valenciana, con la colaboración del Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, contra el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 2005/36/CE y 2006/100/CE, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales.

Este recurso se interpuso a raíz de que en el precitado Real Decreto, no han sido incluidos los Ingenieros Técnicos en Informática, lo que entendemos que es una forma de excluir a dichos profesionales (al no haberles incluido en dicha norma), a pesar de que la Ingeniería Técnica en Informática es una profesión que entendemos que está legalmente regulada en la Ley 12/86 que establece la regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos.

Tras la admisión de dicho Recurso y una vez dado traslado del Expediente Administrativo a nuestros Abogados, éstos ya están trabajando en la formalización de la correspondiente demanda que será presentada en los próximos días.

http://www.boe.es/boe/dias/2010/10/18/pdfs/BOE-A-2010-15907.pdf

Además del precitado Recurso, os recordamos que están en marcha los otros dos que fueron igualmente presentados en su momento:
  • Uno contra el Acuerdo de Consejo de Ministros adoptado en su reunión de 26 de diciembre de 2008, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de Ingeniero Técnico, acuerdo en el que igualmente no fueron incluidos los Ingenieros Técnicos en Informática, o lo que es lo mismo, fueron excluidos de facto, y
  • Otro contra la Orden CIN/352/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Telecomunicación, dictada por la Ministra de Ciencia e Innovación, por entender que en la elaboración de la misma no se han tenido en cuenta a los Ingenieros Técnicos en Informática, si bien se van a ver afectados directamente por dicha norma.
Fuente: ALI

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